El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral de IVA: se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero (cuarto trimestre). Se calcula restando el IVA soportado en tus compras al IVA repercutido en tus facturas. En construcción y reforma es habitual que compras grandes de material generen trimestres con saldo negativo (a favor del contribuyente), algo menos común en otros sectores de servicios.

Si eres autónomo o llevas una pyme de reformas, el Modelo 303 es probablemente el trámite fiscal que más se repite en tu calendario: cuatro veces al año, sin falta. Entenderlo bien no solo evita errores — te permite anticipar cuánto vas a pagar (o recuperar) antes de que tu gestoría te lo confirme.
Qué es exactamente el Modelo 303
Es el formulario con el que autónomos y empresas declaran trimestralmente a la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA que han cobrado a sus clientes (repercutido) y el IVA que han pagado en sus propias compras y gastos (soportado). Si el repercutido es mayor, ingresas la diferencia. Si el soportado es mayor, la Agencia Tributaria te la compensa en el siguiente trimestre o, en el cuarto trimestre (Modelo 390 anual), puedes solicitar la devolución.
Plazos de presentación en 2026
| Periodo | Plazo de presentación |
|---|---|
| 1er trimestre (ene-mar) | 1 al 20 de abril |
| 2º trimestre (abr-jun) | 1 al 20 de julio |
| 3er trimestre (jul-sep) | 1 al 20 de octubre |
| 4º trimestre (oct-dic) | 1 al 30 de enero (junto al Modelo 390 anual) |
Por qué la construcción y la reforma tienen un patrón distinto
En un negocio de servicios puro, el IVA soportado (gastos) suele ser bajo y relativamente estable mes a mes, así que el resultado del Modelo 303 sigue de cerca al IVA repercutido. En reforma y construcción es distinto: los materiales representan una parte grande del coste de cada obra, y las compras no siempre están repartidas de forma uniforme en el tiempo. Un pedido grande de material a principios de trimestre (para una obra que se facturará más adelante, por hitos) puede generar temporalmente más IVA soportado que repercutido — es decir, un trimestre a tu favor, aunque la obra en su conjunto vaya a dar beneficio.
Qué necesitas tener a mano para no depender solo de tu gestoría
- Todas las facturas emitidas del trimestre, con su base imponible y tipo de IVA aplicado.
- Todas las facturas de compra recibidas (proveedores de material, subcontratas, combustible, herramientas).
- El desglose por tipo de IVA — el 10% de reforma de vivienda se declara de forma separada del 21% general.
Tener las facturas emitidas ya organizadas y desglosadas por tipo de IVA — como hace automáticamente el módulo Fiscal de Obrio — adelanta buena parte del trabajo antes incluso de mandarle los números a tu gestoría.
Lleva el IVA repercutido de tus facturas siempre a la vista
Obrio agrupa tus facturas por trimestre y por tipo de IVA automáticamente.
Probar gratis¿Qué pasa si no presento el Modelo 303 a tiempo?
La Agencia Tributaria aplica recargos por presentación fuera de plazo, que aumentan cuanto más tiempo pase sin regularizar. Si tienes dudas sobre un trimestre concreto, es mejor presentar tarde que no presentar.
¿El Modelo 303 sustituye al Modelo 390?
No. El Modelo 390 es el resumen anual de IVA, y se presenta en enero junto con el Modelo 303 del cuarto trimestre. Algunos regímenes están exentos de presentarlo; confírmalo con tu gestoría.
¿Puedo presentar el Modelo 303 yo mismo, sin gestoría?
Técnicamente sí, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En la práctica, dada la complejidad de deducir correctamente el IVA soportado y aplicar bien los tipos reducidos, la mayoría de empresas del sector prefieren delegarlo en una gestoría.
Fuentes
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Modelo 303: qué es, plazos y cómo presentar el IVA trimestral — Cegid
- Sede electrónica — Agencia Tributaria